La Ley 4/2026, en vigor desde el 23 de octubre de 2026, cambia cómo se calculan los ingresos para tener derecho a una pensión no contributiva (PNC). Añade un párrafo al artículo 363.1.d) de la Ley General de la Seguridad Social. Según ese texto, no se consideran ingresos computables las indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía reconocida por ley o por un juez.

Qué cambia

Hasta ahora, cobrar una indemnización, por ejemplo por un accidente de tráfico, podía hacer que se superara el límite de ingresos y se perdiera la pensión o se redujera. Con la reforma, ese dinero ya no cuenta para el límite.

El artículo 363 regula la PNC de invalidez. Según Infoemplea2, el cambio afecta también a la de jubilación, porque su regulación remite a ese artículo.

Qué sigue contando

  • Los intereses o rendimientos que produzca el dinero de la indemnización una vez cobrado.
  • Las cantidades que sustituyen a un salario, una prestación o una retribución, aunque se paguen por sentencia o acuerdo.

El abogado Alejandro Aradas apunta en Cuestiones Laborales una duda: la ley no menciona expresamente las indemnizaciones pactadas con la aseguradora o en una mediación. Tendrán que aclararlo la entidad gestora y los tribunales.

Cuantías de 2026

Según el Imserso, la PNC íntegra en 2026 es de 8.803,20 euros al año, 628,80 euros al mes. La reforma no cambia esas cuantías.

Concepto Importe anual
Pensión íntegra 8.803,20 €
Pensión mínima (25 %) 2.200,80 €
Complemento por necesidad de otra persona (discapacidad del 75 % o más) 4.401,60 €
Límite de salario más PNC de invalidez si trabajas 16.003,20 €

Para tener derecho, tus ingresos personales deben ser inferiores a 8.803,20 euros al año. Si convives con familiares, se suman los ingresos de toda la unidad de convivencia y se aplican otros umbrales.

Qué tener en cuenta

Para cobrar la PNC de invalidez sigue haciendo falta un 65 % de discapacidad reconocido. La equivalencia del grado de dependencia que introduce la Ley 4/2026 no se aplica aquí. Guarda la sentencia y los justificantes de pago de la indemnización. Si tu pensión se redujo o te la denegaron por una indemnización, consulta en el Imserso o en el órgano gestor de tu comunidad autónoma si puedes pedir una revisión.