La Ley 4/2026, de 1 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 3 de octubre y entró en vigor el 23 de octubre de 2026, veinte días después. Modifica dos normas a la vez: la Ley General de derechos de las personas con discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013) y la Ley de Dependencia (Ley 39/2006).
Los cambios principales
Estos puntos están en la exposición de motivos de la ley publicada en el BOE:
- La accesibilidad universal pasa a ser un derecho. Hasta ahora era sobre todo una condición que debían cumplir entornos y servicios. La ley crea además un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal.
- Grado de dependencia y grado de discapacidad. A efectos de esta ley, a quien tenga reconocido un grado I de dependencia se le considera también con un 33 % de discapacidad, y con un 65 % a quien tenga un grado II o III. Según Derecho Abogados, esta equivalencia no se aplica en el ámbito tributario.
- Teleasistencia para todas las personas en situación de dependencia, como derecho subjetivo.
- Fin de las incompatibilidades entre las prestaciones del sistema de dependencia.
- Se suprime el plazo suspensivo de hasta dos años de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, y se reactivan las prestaciones que estaban suspendidas.
- Nuevos servicios en el catálogo: asistencia personal, cuidados y apoyos en viviendas y provisión de productos de apoyo.
- Obras de accesibilidad en comunidades de vecinos. La ley cambia la Ley de Propiedad Horizontal en lo que se refiere a estas obras y a las ayudas públicas para pagarlas.
- Seguros. Se prohíbe discriminar por discapacidad en los contratos de seguro.
Viviendas protegidas accesibles
Según recoge Tododisca, la reforma obliga a que al menos el 4 % de las viviendas protegidas que se programen sean accesibles, y las administraciones pueden subir ese porcentaje.
Qué queda por desarrollar
Algunas medidas necesitan normas posteriores. Por ejemplo, las comunidades autónomas tienen doce meses para regular las prestaciones económicas de emergencia social. El Gobierno tiene que aprobar un nuevo baremo para valorar la dependencia.
Otros medios han publicado más cambios, como plazos de resolución más cortos o nuevas reglas de financiación. Aquí solo incluimos lo que hemos podido comprobar en el texto del BOE. Si estás en medio de un trámite, consulta con el servicio de dependencia o de valoración de tu comunidad autónoma cómo te afecta.



